Los posts de Hilde Adolfo Sánchez F. - RedDOLAC - Red de Docentes de América Latina y del Caribe -2024-03-29T12:09:50ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezFhttps://storage.ning.com/topology/rest/1.0/file/get/2790471940?profile=RESIZE_48X48&width=48&height=48&crop=1%3A1https://reddolac.org/profiles/blog/feed?user=1g1e48cgh2e1v&xn_auth=noTutoría: entre asesoría y delincuencia, un pasotag:reddolac.org,2019-07-27:2709308:BlogPost:11616332019-07-27T15:00:00.000ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezF
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<p><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
<p>Como en la mayoría de las Universidades, el Manual de la UPEL (2006), establece que “tanto los trabajos de Grado de Especialización y de Maestría como las Tesis Doctorales deben ser de la autoría personal e individual del aspirante” (p.10). A esto se agrega que:</p>
<p>L<em>os estudiantes deben preparar sus Trabajos de Grado de Especialización y de Maestría y las Tesis Doctorales con la asesoría de un tutor designado conforme a los…</em></p>
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<p><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
<p>Como en la mayoría de las Universidades, el Manual de la UPEL (2006), establece que “tanto los trabajos de Grado de Especialización y de Maestría como las Tesis Doctorales deben ser de la autoría personal e individual del aspirante” (p.10). A esto se agrega que:</p>
<p>L<em>os estudiantes deben preparar sus Trabajos de Grado de Especialización y de Maestría y las Tesis Doctorales con la asesoría de un tutor designado conforme a los procedimientos y requisitos que se establecen en el Reglamento de Estudios de Postgrado de la Universidad. Sin embargo, tanto la selección del tema, como la conceptualización, diseño y ejecución del Trabajo o la Tesis en todas sus partes, son de entera y personal responsabilidad del estudiante. (p.11)</em></p>
<p>Dada la claridad de la norma, en cuanto a la delimitación de las responsabilidades del autor y del tutor, luce conveniente, entonces, distinguir ambos vocablos. Tutor (defensor, protector, valedor, preceptor, maestro, consejero, guía) es la persona que ejerce una tutela, se encarga de orientar a los alumnos de un curso o asignatura. También, es el defensor, protector o director en cualquier línea o ejerce las funciones señaladas por la legislación antigua al curador cuando el profesor privado se encargaba de la educación general de los hijos de una familia. “Ayo” es el nombre del servidor que en las casas reales, nobles o familias ricas se encargaba de la educación inicial y custodia de los niños y jóvenes, a modo de tutor. Aún hoy día, “aya” es la persona que custodia niños o jóvenes en su crianza y educación (DRAE).</p>
<p>Curiosamente, en la jardinería (y en la agricultura, en general) se denomina tutor a la caña o estaca que se clava al pie de una planta para mantenerla derecha en su crecimiento. Es una guía larga y metálica con un anillo de alambre perpendicular en la parte superior que sirve como soporte para flores de tallo largo. Tutor es cualquier palo, caña, soporte, que se incrusta al lado de una planta para sujetar con él su tallo mientras es tierno para que no se tuerza o rompa; o para guiar el desarrollo de la planta.</p>
<p><em>A nadie se le ocurriría buscar frutos en un tutor</em>, pues sin dudas, el uso del término es estrictamente metafórico. Si a una persona que se encarga de cuidar de otra que no puede hacerlo por sí misma se le denomina tutor, el espacio donde menos se justifica el vocablo sería en el doctorado a menos que el aspirante no haya cumplido apropiadamente su proceso de formación y producción en los estamentos previos. Si es el caso, se requiere un proceso tutorial acorde con esa necesidad. También es cierto que el mundo extra-educativo está lleno de personas con competencias iguales o superiores a las de los que egresan de los cursos de formación doctoral. Por ello es común encontrar universidades que están muy claras en estas condiciones y las valoran o acreditan, parcial o totalmente.</p>
<p>En la formación de científicos se avanza entre el aprendizaje y la consolidación científica y las universidades, como comunidades científicas, necesitan que científicos maduros, consolidados (Kuhn, 1971) certifiquen la formación científica e independencia de criterio de los científicos que han de graduar y proporcionar a la sociedad. De allí surge la exigencia de nombrar tutores y jurados para que den fe de dichas condiciones para otorgar la respectiva credencial.</p>
<p>Absolutamente distinto, un autor es toda persona que es causa de algo, que inventa algo, que ha hecho alguna obra científica, literaria o artística (DRAE). Tanto la tutoría como la autoría generan derechos y obligaciones y los derechos de autor se plasman en “leyes que reconocen al autor de una obra intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los beneficios que esta genere” (DRAE). Como consecuencia, el derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que las leyes conceden a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, publicada o inédita. Los derechos de autor se incluyen entre los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (1948). En el artículo 27 establece que “toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten” y “toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora”</p>
<p>En Venezuela, como seguramente ocurre en otros países, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, sobre los Derechos Culturales y Educativos, en el artículo 98, establece que la creación cultural es libre y esta libertad comprende “el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora (sic) sobre sus obras”. Agrega que “el Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas…”.</p>
<p>La Ley sobre el Derecho de Autor (1993) establece en el artículo 1 que sus disposiciones protegen “los derechos de los autores sobre todas las obras del ingenio de carácter creador, ya sean de índole literaria, científica o artística, cualquiera sea su género, forma de expresión, mérito o destino” y los derechos reconocidos en ella “son independientes de la propiedad del objeto material en el cual esté incorporada la obra y no están sometidos al cumplimiento de ninguna formalidad”.</p>
<p>El científico, como autor, a menos que evidencie lo contrario, no debería ser ese perrillo (diría Feyerabend, 1981) que deba ser amaestrado por un tutor o por un jurado. No debe el tutor adueñarse de la propiedad intelectual del tutorado; <em>es como otorgarle la paternidad compartida de un niño a quien haya controlado el embarazo de su madre</em>. En este caso se estaría cometiendo un delito. Como científico consolidado debería tener el tutor el orgullo de participar en la formación de los nuevos científicos o de ser testigo de excepción de quienes posean las condiciones para ser considerados como tales. Las universidades consideran las tutorías en sus normas para el ascenso, para la premiación, y otros reconocimientos y el utilizar la figura de tutor como coautor de una investigación científica rompe la más elemental explicación semántica, transgrede todas las normas nacionales e internacionales que protegen los derechos de autor y pone en relieve dependencia del autor de una tesis con su tutor al no permitirle expresarse por sí mismo en una disertación que debe ser original, personal. Caso contrario, pudiéramos estar ante una persona que no posee independencia de criterio por lo que no reúne un mérito, por lo menos, para el otorgamiento del máximo grado académico que puede otorgar una universidad.</p>
<p>Son muchas las responsabilidades y beneficios del tutor y no deberíamos mancillar dicha labor con la usurpación de los derechos del tutorado, legítimo autor: enseñanza, estímulo, orientación, evaluación, clarificación de expectativas y límites de perspectiva de producción, lectura, interpretación y comprensión del proceso de producción y avance de disertación doctoral. No todas las universidades tienen el mismo sistema de formación y evaluación doctoral; algunas dan plena autonomía al aspirante y proporcionan algunos recursos individuales o colectivos para garantizar la correspondencia del aspirante con las condiciones impuestas por la universidad para la credencial doctoral. Pudiera estar acá una diferencia en cuanto al logro de la independencia de criterio y el tutor pudiera ser una víctima junto a su tutorado. Dos perrillos amaestrados, dos aprendices. Paradójicamente el doctor debe además, cultivar la humildad como virtud, no como sumisión o rendimiento, sino como “conocimiento de las propias limitaciones y debilidades y en obrar de acuerdo con este conocimiento” (DRAE).</p>
<p>Recomiendo vehemente a bibliotecarios y evaluadores de investigaciones observar con detenimiento las coautorías impuestas por el solo hecho de ser tutor; es una estrategia inventada por personeros flojos que se arropan en el trabajo de sus tutorados para “ganar gracias con escapulario ajeno”. Un tutor no es necesariamente un coautor. Respetemos el derecho de autor de nuestros tutorados.</p>
<p><strong>Referencias</strong></p>
<p>Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, N° 36.860</p>
<p>Feyerabend, P. (1981). Tratado contra el Método: Esquema para una teoría anarquista del conocimiento. Ed. Tecnos, Madrid.</p>
<p>Kuhn, T. (1971). La estructura de las revoluciones científicas. México: Fondo de Cultura Económica.</p>
<p>Ley sobre el Derecho de Autor (1993) Gaceta Oficial No. 4638, Extraordinario, del 01-10-1993. Palacio Federal Legislativo, en Caracas, 14/8/ 1993. <a href="http://www.sapi.gob.ve/sites/default/files/contenido/leyes/ley_da.pdf">http://www.sapi.gob.ve/sites/default/files/contenido/leyes/ley_da.pdf</a></p>
<p>Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. Asamblea General. <a href="http://www.un.org/es/documents/udhr/">http://www.un.org/es/documents/udhr/</a></p>
<p>Real Academia Española (2018) Diccionario de la lengua española. Edición del tricentenario. Disponible en: <a href="https://dle.rae.es/?id=DgIqVCc">https://dle.rae.es/?id=DgIqVCc</a></p>
<p>Sánchez, H. (2015). Dialéctica de una investigación relativa poliangular. Enlace Científico. Año 16, Nro. 13, 2015. PP. 101-141. ISSN: 1690-978X. Barquisimeto, UPTAEB. Disponible en: <a href="https://drive.google.com/file/d/0B0BmgBAvNu7tZzM2a0wycTk4MWVEWXFJcUlrV2ktbmVMQ0Q4/view?ts=569fdc84">https://drive.google.com/file/d/0B0BmgBAvNu7tZzM2a0wycTk4MWVEWXFJcUlrV2ktbmVMQ0Q4/view?ts=569fdc84</a></p>
<p>Universidad Pedagógica Experimental Libertador (2006) Manual de Trabajos de Grado de Especialización y Maestría y Tesis Doctorales. Vicerrectorado de Investigación y Postgrado. Fondo Editorial de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (FEDUPEL. La editorial pedagógica de Venezuela).</p>Religión y espiritualidadtag:reddolac.org,2018-02-10:2709308:BlogPost:6272822018-02-10T11:55:04.000ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezF
<p><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
<p><a href="http://storage.ning.com/topology/rest/1.0/file/get/2804428510?profile=original" target="_self"><img class="align-left" src="http://storage.ning.com/topology/rest/1.0/file/get/2804428510?profile=original" width="300"></img></a> Gracias a la permanente invitación del Doctorado de Educación de la Universidad de Carabobo, recientemente tuve la oportunidad de ser jurado externo de la tesis[1] del profesor Gerardo Barbera quien con un análisis crítico y profundo nos brindó una cara poco vendida comercialmente de Édgar Morin. El ahora doctor Barbera…</p>
<p><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
<p><a href="http://storage.ning.com/topology/rest/1.0/file/get/2804428510?profile=original" target="_self"><img src="http://storage.ning.com/topology/rest/1.0/file/get/2804428510?profile=original" width="300" class="align-left"/></a>Gracias a la permanente invitación del Doctorado de Educación de la Universidad de Carabobo, recientemente tuve la oportunidad de ser jurado externo de la tesis[1] del profesor Gerardo Barbera quien con un análisis crítico y profundo nos brindó una cara poco vendida comercialmente de Édgar Morin. El ahora doctor Barbera puede ayudarnos a mirar con cuidado la moda de insertar el “proyecto educativo de la complejidad”, si es simplemente porque instituciones y personalidades de prestigio lo hacen o lo imponen como una moda. Sin embargo lo que más me llamó la atención de la tesis de Gerardo fue el toque, aunque tangencial, que dio a lo teológico y a lo espiritual a la luz de la razón, hasta presentarnos una especie de “Pensamiento Complejo hacia la trascendencia espiritual de lo real y de lo humano como fundamento de alternativas educativas”, o tal vez, como se lo dije, sobre “La trascendencia espiritual de lo real y de lo humano como fundamento de alternativas educativas, más allá del pensamiento complejo”. Aquí estuvo lo creativo, lo interesante porque diciendo algo nada nuevo y muy trillado abrió inteligentemente la discusión de lo espiritual en la Universidad cuando son temas privativos de centros de formación religiosa y partiendo de un autor materialista, nihilista, pero a mi modo de ver, muy espiritual, interesado en la “metamorfosis” con el retorno de cada uno de nosotros a sus necesidades interiores, a la vida interior y a la primacía de la comprensión del prójimo, del amor y de la amistad. No se nos aclara la duda si religión y espiritualidad son términos equivalentes pero es que jamás terminaremos de hacernos esa pregunta entre lo espiritual y lo religioso. ¿Cuándo somos una cosa y cuándo otra, o ambas? Evidentemente que hay distinciones que tienen que ver con nuestra ontología y con nuestra estructura de conocimientos. Según el DRAE, lo espiritual (del latín tardío, spirituālis) se refiere a lo perteneciente o relativo al espíritu. También nos dice que se da en una persona para calificarla de “muy sensible” y “poco interesada por lo material”.<br/>Por su parte, cuando hablamos de religioso nos referimos a lo perteneciente o relativo a la religión. Igualmente nos referimos a una creencia religiosa o a quien profesa una religión con la práctica de sus normas y preceptos. Por supuesto que se denomina religioso a todo integrante “de una orden o congregación religiosa y es un apelativo para referirnos a una cosa o acción con características consideradas propias de la religión o de lo sagrado”.<br/>Me cuento entre los que separan drásticamente la religión de la espiritualidad porque considero más sano distinguirlas que asumirlas con una sinonimia automática e irreflexiva. El camino es tortuoso pero alentador, tentador y hasta interesante. Su distinción nos permite aceptar o rechazar afirmaciones que favorecen o estigmatizan irreflexivamente religiones sin argumentos válidos hasta la “eliminación” de la etiqueta de religión por el solo prurito excluyente muy característico de las religiones establecidas hegemónicamente. De ahí los enfrentamientos entre el judaísmo, el cristianismo y el Islam y la exclusión de otras (religiones, para muchos, incluyéndome) como el taoísmo o el budismo. Por ello, con arengas religiosas, se puede disponer de la vida (propia o ajena), mientras que con la espiritualidad la vida se fortalece.<br/>Como dice Frei Betto[2], espiritualidad y religión se complementan, no se confunden; la espiritualidad existe desde que el ser humano irrumpió en la naturaleza, hace más de 200 mil años pero las religiones son recientes, no traspasan los 8 mil años de existencia. Igualmente la religión es la institucionalización de la espiritualidad, así como la familia lo es del amor. “Hay relaciones amorosas sin constituir familia; del mismo modo, hay quien cultiva su espiritualidad sin identificarse con ninguna religión. Hay incluso espiritualidad institucionalizada sin ser religión, como el caso del budismo, que es una filosofía de la vida”.<br/> Y es que las religiones debieran ser fuentes y expresiones de espiritualidades, pero no siempre es así, y se nos presentan como catálogos de reglas, ritos, creencias y prohibiciones, en contraste con una espiritualidad libre y creativa. En la religión predomina la voz exterior, la de la autoridad religiosa; en la espiritualidad predomina la voz interior, el “toque” divino. Resulta, entonces, que la religión es espiritual y la espiritualidad también puede ser considerada religiosa. Una tiende a ser más personal y privada, mientras que la otra tiende a incorporar rituales públicos y doctrinas organizadas.<br/>En las “Pléyades”[3] (visión extra-religiosa) se lee que la religión es una institución establecida por el hombre para ejercer el control, inculcar la moral, golpear los egos, o lo que sea que hace. “Todas las religiones organizadas, estructuradas no hacen sino eliminar a Dios de la ecuación. Usted confiesa sus pecados a un miembro del clero, asiste a iglesias elaboradas a rendir culto, le dicen qué rezar y cuándo hacerlo. Todos estos factores lo alejan de dios”.<br/>“La espiritualidad es nacida en una persona y se desarrolla en la persona. Pudiera ser detonada por una religión, o pudiera detonarse por medio de una revelación. La espiritualidad se extiende a todas las facetas de la vida de una persona. La espiritualidad es elegida, mientras que la religión es a menudo forzada. Ser espiritual para mí es más importante y mejor que ser religioso.”<br/>“La verdadera espiritualidad es algo que se encuentra profundamente dentro de uno mismo. Es su manera de amar, aceptar y relacionarse con el mundo y la gente que lo rodea. No se puede encontrar en una iglesia o creyendo de una cierta manera”.<br/>Por todo esto respeto las religiones pero también respeto y admiro la espiritualidad que yace fuera… y a pesar de las religiones. Por intuición o por revelación, pero siempre por convicción propia y responsable la espiritualidad es una necesidad social e individual; la religión es una posibilidad más, no siempre definitiva. Gracias a Gerardo Barbera, se ha abierto un telón para la discusión de lo que pudiera ser una estrategia de conexión de la familia y la Universidad en el diseño de proyectos educativos requeridos urgentemente por la sociedad, con la espiritualidad (inmanente) como una posible oferta de formación en colectiva y democrática participación y aceptación más allá de los límites naturales, en la trascendencia.<br/>________________________________________<br/>[1] Barbera, G. (2018) La ontología inmanente como fundamento de las propuestas antropológicas, epistémicas y educativas de Edgar Morin. Universidad de Carabobo. Doctorado en Educación. Venezuela.<br/>[2] <a href="https://www.alainet.org/es/active/51490">https://www.alainet.org/es/active/51490</a><br/>[3] <a href="https://www.bibliotecapleyades.net/mistic/mistic_11.htm">https://www.bibliotecapleyades.net/mistic/mistic_11.htm</a></p>Sexo versus génerotag:reddolac.org,2016-05-31:2709308:BlogPost:5450002016-05-31T19:47:36.000ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezF
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<div class="Autor" style="text-align: right;"><span class="font-size-3">Por Hilde Adolfo Sánchez F.</span></div>
<div><span class="font-size-3">Que unos cuantos políticos y funcionarios con bajo nivel educativo pretendan imponer absurdas modificaciones en el lenguaje es “soportable” y tristemente “comprensible”, pero que profesionales universitarios carezcan de criterio para oponerse a aberraciones lingüísticas es, por lo menos, digno de…</span></div>
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<div style="text-align: right;" class="Autor"><span class="font-size-3">Por Hilde Adolfo Sánchez F.</span></div>
<div><span class="font-size-3">Que unos cuantos políticos y funcionarios con bajo nivel educativo pretendan imponer absurdas modificaciones en el lenguaje es “soportable” y tristemente “comprensible”, pero que profesionales universitarios carezcan de criterio para oponerse a aberraciones lingüísticas es, por lo menos, digno de lástima. Se nos ha dicho que “cancelar”, por ejemplo, significa anular por lo que una deuda no se cancela sino que se elimina. El camino “más cómodo” ha sido tirar a la basura el sello de “CANCELADO” y ordenar la elaboración de uno nuevo con la palabra “PAGADO”, cuando se pudo revisar el diccionario y aclararle el error al funcionario responsable de la recaudación de impuestos pues el DRAE<a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=5774406108961349228#_edn1" title="">[i]</a> nos dice que CANCELAR, ciertamente es “anular una cita, un billete, una cuenta bancaria”, pero que también significa “pagar o saldar una deuda”, y que además es “borrar de la memoria, abolir o derogar algo”. Conclusión, una cuenta se puede pagar, saldar, cancelar o anular. Por esta ignorada condición polisémica de nuestra lengua, ahora no tenemos vendedores sino “ejecutivos de ventas”, “asistentes” o “ejecutivas” antes que secretarias”. Si llamas “conserje” a un “trabajador residencial”, según la nueva legislación, lo ofendes. En Venezuela no hay “presos”, sino “privados de libertad”. Pero llegamos al colmo de los colmos cuando a alguien se le ocurrió que no se debe utilizar el término “alumno”, pues supuestamente significa “sin luz”.</span></div>
<div><span class="font-size-3">Lo mismo ocurre con la confusión de sexo y género. No niego que históricamente se haya desconocido el lugar y respeto que se merece la mujer, y que muchos especialistas afirman con argumentos muy sólidos que desde el lenguaje es posible generar conductas buenas o malas. Pero de allí a esperar que se disminuya la violencia contra la mujer mediante la obligación de aclarar permanente y obstinadamente que nuestro discurso va dirigido a la personas de ambos sexos no solo es absurda por razones lingüísticas sino que cada día la violencia contra todos se acrecienta y contra la mujer sigue en aumento permanente, como evidencia de un fracaso más de la política arengada. El Estado debería sustituir las oficinas de protección contra la mujer en organismos para la “convivencia pacífica y contra la violencia” (en general). El agredido sin capacidad para defenderse debería contar con la posibilidad de acudir a alguna instancia que lo oriente, ayude y proteja. Tal vez los tribunales y abogados no están cumpliendo apropiadamente su papel ascético en la sociedad.</span></div>
<div><span class="font-size-3">A esto se agrega que la ley del menor esfuerzo (la de economía lingüística) nos dice que tarde o temprano el hablante utiliza el menor número de letras, palabras u oraciones para expresarse estética y funcionalmente de manera apropiada. Traigo a colación el comentario que hace en <a href="http://lema.rae.es/dpd/?key=g%C3%A9nero"><b>http://lema.rae.es/dpd/?key=g%C3%A9nero</b></a> la Real Academia, cuando dice:</span></div>
<div><span class="font-size-2">… con la expresión los alumnos podemos referirnos a un colectivo formado exclusivamente por alumnos varones, pero también a un colectivo mixto, formado por chicos y chicas. A pesar de ello, en los últimos tiempos, por razones de corrección política, que no de corrección lingüística, se está extendiendo la costumbre de hacer explícita en estos casos la alusión a ambos sexos: “Decidió luchar ella, y ayudar a sus compañeros y compañeras” (Excélsior [Méx.] 5.9.96). Se olvida que en la lengua está prevista la posibilidad de referirse a colectivos mixtos a través del género gramatical masculino, posibilidad en la que no debe verse intención discriminatoria alguna, sino la aplicación de la ley lingüística de la economía expresiva; así pues, en el ejemplo citado pudo -y debió- decirse, simplemente, ayudar a sus compañeros. Solo cuando la oposición de sexos es un factor relevante en el contexto, es necesaria la presencia explícita de ambos géneros: La proporción de alumnos y alumnas en las aulas se ha ido invirtiendo progresivamente; En las actividades deportivas deberán participar por igual alumnos y alumnas. Por otra parte, el afán por evitar esa supuesta discriminación lingüística, unido al deseo de mitigar la pesadez en la expresión provocada por tales repeticiones, ha suscitado la creación de soluciones artificiosas que contravienen las normas de la gramática: las y los ciudadanos.</span></div>
<div><span class="font-size-3">También agrega la Real Academia que:</span></div>
<div><span class="font-size-2">Para evitar las engorrosas repeticiones a que da lugar la reciente e innecesaria costumbre de hacer siempre explícita la alusión a los dos sexos (los niños y las niñas, los ciudadanos y ciudadanas, etc., ha comenzado a usarse en carteles y circulares el símbolo de la arroba (@) como recurso gráfico para integrar en una sola palabra las formas masculina y femenina del sustantivo, ya que este signo parece incluir en su trazo las vocales a y o: l@s niñ@s. Debe tenerse en cuenta que la arroba no es un signo lingüístico y, por ello, su uso en estos casos es inadmisible desde el punto de vista normativo; a esto se añade la imposibilidad de aplicar esta fórmula integradora en muchos casos sin dar lugar a graves inconsistencias, como ocurre en Día del niñ@, donde la contracción “del” solo es válida para el masculino niño.</span></div>
<div><span class="font-size-3">Queda de nuestra parte ser más críticos y valientes a la hora de ir como Vicente que va “…donde va la gente”<a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=5774406108961349228#_edn2" title="">[ii]</a> sino que también podemos cambiar los rumbos y compartir nuestras intenciones de senda.</span></div>
<div><br clear="all"/><hr align="left" size="1" width="33%"/><div><div><span class="font-size-2"><a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=5774406108961349228#_ednref1" title="">[i]</a> Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua</span></div>
</div>
<div><div><span class="font-size-2"><a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=5774406108961349228#_ednref2" title="">[ii]</a> <a href="http://cvc.cervantes.es/lengua/refranero/ficha.aspx?Par=58030&Lng=0">http://cvc.cervantes.es/lengua/refranero/ficha.aspx?Par=58030&Lng=0</a></span></div>
</div>
</div>Binomio tutor-autortag:reddolac.org,2016-02-25:2709308:BlogPost:5192242016-02-25T11:00:00.000ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezF
<p style="text-align: right;"><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
<p style="text-align: left;">Según normativas institucionales, para el otorgamiento del grado de doctor, el autor debe demostrar formación científica e independencia de criterio. Además, según el Manual de la UPEL (2006), “tanto los trabajos de Grado de Especialización y de Maestría como las Tesis Doctorales deben ser de la autoría personal e individual del aspirante” (p.10). A esto se agrega que:…</p>
<p style="text-align: right;"><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
<p style="text-align: left;">Según normativas institucionales, para el otorgamiento del grado de doctor, el autor debe demostrar formación científica e independencia de criterio. Además, según el Manual de la UPEL (2006), “tanto los trabajos de Grado de Especialización y de Maestría como las Tesis Doctorales deben ser de la autoría personal e individual del aspirante” (p.10). A esto se agrega que:</p>
<p style="text-align: left;"><span class="font-size-2">Los estudiantes deben preparar sus Trabajos de Grado de Especialización y de Maestría y las Tesis Doctorales con la asesoría de un tutor designado conforme a los procedimientos y requisitos que se establecen en el Reglamento de Estudios de Postgrado de la Universidad. Sin embargo, tanto la selección del tema, como la conceptualización, diseño y ejecución del Trabajo o la Tesis en todas sus partes, son de entera y personal responsabilidad del estudiante. (p.11)</span></p>
<p style="text-align: left;">Dada la claridad de la norma, en cuanto a la delimitación de las responsabilidades del autor y del tutor, luce conveniente, entonces, distinguir ambos vocablos. Tutor (defensor, protector, valedor, preceptor, maestro, consejero, guía) es la persona que ejerce una tutela, se encarga de orientar a los alumnos de un curso o asignatura. También, es el defensor, protector o director en cualquier línea o ejerce las funciones señaladas por la legislación antigua al curador cunado el profesor privado se encargaba de la educación general de los hijos de una familia. “Ayo” es el nombre del servidor que en las casas reales, nobles o familias ricas se encargaba de la educación inicial y custodia de los niños y jóvenes, a modo de tutor. Aún hoy día, “aya” es la persona que custodia niños o jóvenes en su crianza y educación (DRAE).</p>
<p style="text-align: left;">Curiosamente, en la jardinería (y en la agricultura, en general) se denomina tutor a la caña o estaca que se clava al pie de una planta para mantenerla derecha en su crecimiento. Es una guía larga y metálica con un anillo de alambre perpendicular en la parte superior que sirve como soporte para flores de tallo largo. Tutor es cualquier palo, caña, soporte, que se incrusta al lado de una planta para sujetar con él su tallo mientras es tierno para que no se tuerza o rompa; o para guiar el desarrollo de la planta.</p>
<p style="text-align: left;">A nadie se le ocurriría buscar frutos en un tutor, pues sin dudas, el uso del término es estrictamente metafórico. Si a una persona que se encarga de cuidar de otra que no puede hacerlo por sí misma se le denomina tutor, el espacio donde menos se justifica el vocablo sería en el doctorado a menos que el aspirante no haya cumplido apropiadamente su proceso de formación y producción en los estamentos previos. Si es el caso, se requiere un proceso tutorial acorde con esa necesidad. También es cierto que el mundo extra-educativo está lleno de personas con competencias iguales o superiores a las de los que egresan de los cursos de formación doctoral. Por ello es común encontrar universidades que están muy claras en estas condiciones y las valoran o acreditan, parcial o totalmente.</p>
<p style="text-align: left;">En la formación de científicos se avanza entre el aprendizaje y la consolidación científica y las universidades, como comunidades científicas, necesitan que científicos maduros, consolidados certifiquen la formación científica e independencia de criterio de los científicos que han de graduar y proporcionar a la sociedad. De allí surge la exigencia de nombrar tutores y jurados para que den fe de dichas condiciones para otorgar la respectiva credencial.</p>
<p style="text-align: left;">Absolutamente distinto, un autor es toda persona que es causa de algo, que inventa algo, que ha hecho alguna obra científica, literaria o artística (DRAE). Tanto la tutoría como la autoría generan derechos y obligaciones y los derechos de autor se plasman en “leyes que reconocen al autor de una obra intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los beneficios que esta genere” (DRAE). Como consecuencia, el derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que las leyes conceden a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, publicada o inédita. Los derechos de autor se incluyen entre los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (1948). En el artículo 27 establece que “toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten” y “toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora”</p>
<p style="text-align: left;">En Venezuela, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, sobre los Derechos Culturales y Educativos, en el artículo 98, establece que la creación cultural es libre y esta libertad comprende “el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora (sic) sobre sus obras”. Agrega que “el Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas…”.</p>
<p style="text-align: left;">La Ley sobre el Derecho de Autor (1993) establece en el artículo 1 que sus disposiciones protegen “los derechos de los autores sobre todas las obras del ingenio de carácter creador, ya sean de índole literaria, científica o artística, cualquiera sea su género, forma de expresión, mérito o destino” y los derechos reconocidos en ella “son independientes de la propiedad del objeto material en el cual esté incorporada la obra y no están sometidos al cumplimiento de ninguna formalidad”.</p>
<p style="text-align: left;">El científico, como autor, a menos que evidencie lo contrario, no debería ser ese perrillo (diría Feyerabend, 1981) que deba ser amaestrado por un tutor o por un jurado. No debe el tutor adueñarse de la propiedad intelectual del tutorado; es como otorgarle la paternidad compartida de un niño a quien haya controlado el embarazo de su madre. Como científico consolidado debería tener el tutor el orgullo de participar en la formación de los nuevos científicos o de ser testigo de excepción de quienes posean las condiciones para ser considerados como tales. Las universidades consideran las tutorías en sus normas para el ascenso, para la premiación, y otros reconocimientos y el utilizar la figura de tutor como coautor de una investigación científica rompe la más elemental explicación semántica, transgrede todas las normas nacionales e internacionales que protegen los derechos de autor y pone en relieve dependencia del autor de una tesis con su tutor al no permitirle expresarse por sí mismo en una disertación que debe ser original, personal. Caso contrario, pudiéramos estar ante una persona que no posee independencia de criterio por lo que no reúne un mérito, por lo menos, para el otorgamiento del máximo grado académico que puede otorgar una universidad.</p>
<p style="text-align: left;">Son muchas las responsabilidades y beneficios del tutor y no deberíamos mancillar dicha labor con la usurpación de los derechos del tutorado, legítimo autor: enseñanza, estímulo, orientación, evaluación, clarificación de expectativas y límites de perspectiva de producción, lectura, interpretación y comprensión del proceso de producción y avance de disertación doctoral. No todas las universidades tienen el mismo sistema de formación y evaluación doctoral; algunas dan plena autonomía al aspirante y proporcionan algunos recursos individuales o colectivos para garantizar la correspondencia del aspirante con las condiciones impuestas por la universidad para la credencial doctoral. Pudiera estar acá una diferencia en cuanto al logro de la independencia de criterio y el tutor pudiera ser una víctima junto a su tutorado. Dos perrillos amaestrados, dos aprendices. Paradójicamente el doctor debe además, cultivar la humildad como virtud, no como sumisión o rendimiento, sino como “conocimiento de las propias limitaciones y debilidades y en obrar de acuerdo con este conocimiento” (DRAE).</p>
<p style="text-align: left;"><strong>Referencias</strong></p>
<p style="text-align: left;">Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, N° 36.860</p>
<p style="text-align: left;">Feyerabend, P. (1981). Tratado contra el Método: Esquema para una teoría anarquista del conocimiento. Ed. Tecnos, Madrid.</p>
<p style="text-align: left;">Ley sobre el Derecho de Autor (1993) Gaceta Oficial No. 4638, Extraordinario, del 01-10-1993. Palacio Federal Legislativo, en Caracas, 14/8/ 1993. <a href="http://www.sapi.gob.ve/sites/default/files/contenido/leyes/ley_da.pdf">http://www.sapi.gob.ve/sites/default/files/contenido/leyes/ley_da.pdf</a></p>
<p style="text-align: left;">Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. Asamblea General. <a href="http://www.un.org/es/documents/udhr/">http://www.un.org/es/documents/udhr/</a></p>
<p style="text-align: left;">Real Academia Española (2002). Diccionario de la Real Academia de la lengua española <a href="http://rae.es/">http://rae.es/</a> disponible.</p>
<p style="text-align: left;">Universidad Pedagógica Experimental Libertador (2006) Manual de Trabajos de Grado de Especialización y Maestría y Tesis Doctorales. Vicerrectorado de Investigación y Postgrado. Fondo Editorial de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (FEDUPEL. La editorial pedagógica de Venezuela).</p>
<p style="text-align: left;"><strong>Artículo completo en:</strong></p>
<p style="text-align: left;"><strong>Sánchez, H. (2015). Dialéctica de una investigación relativa poliangular. Enlace Científico. Año 16, Nro. 13, 2015. PP. 101-141. ISSN: 1690-978X. Barquisimeto, UPTAEB. Disponible en: <a href="https://drive.google.com/file/d/0B0BmgBAvNu7tZzM2a0wycTk4MWVEWXFJcUlrV2ktbmVMQ0Q4/view?ts=569fdc84">https://drive.google.com/file/d/0B0BmgBAvNu7tZzM2a0wycTk4MWVEWXFJcUlrV2ktbmVMQ0Q4/view?ts=569fdc84</a></strong></p>LIBROS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL SUSTENTABLEtag:reddolac.org,2016-01-31:2709308:BlogPost:5144242016-01-31T21:03:00.000ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezF
<p>Cátedra libre BCV-UCLA pone a su disposición colecciones gratuitas.</p>
<p>Libre acceso, hasta los momento contamos con 12 títulos. Están en proceso otros títulos.</p>
<p>Para acceder:</p>
<p><a href="http://www.desarrollohumanointegral-observatorio.com.ve/" target="_blank">Libros Universitarios gratis</a></p>
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<p>Libre acceso, hasta los momento contamos con 12 títulos. Están en proceso otros títulos.</p>
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<p></p>Dialéctica de una investigación relativa poliangulartag:reddolac.org,2016-01-25:2709308:BlogPost:5127902016-01-25T14:30:00.000ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezF
<p>Análisis de la problemática que afecta la producción de los estudios doctorales en Venezuela, a causa de la lucha hegemónica entre métodos cualitativos y cuantitativos, cuando debería lograrse que cada científico seleccione, con elevada competencia, lo mejor interpretando los cambios progresivos logrados por las comunidades científicas. Es dialéctica por las contradicciones de los cambios teóricos y metodológicos que se han ido solapando en el devenir de la historia científica.<br></br> Se…</p>
<p>Análisis de la problemática que afecta la producción de los estudios doctorales en Venezuela, a causa de la lucha hegemónica entre métodos cualitativos y cuantitativos, cuando debería lograrse que cada científico seleccione, con elevada competencia, lo mejor interpretando los cambios progresivos logrados por las comunidades científicas. Es dialéctica por las contradicciones de los cambios teóricos y metodológicos que se han ido solapando en el devenir de la historia científica.<br/> Se sugiere la poliangulación o la perspectiva poliangular como la posibilidad de contar con muchos puntos de referencias para precisar una fuente de investigación, y una fuente de producción de conocimiento, de sabiduría. Cada científico debe utilizar todas sus herramientas y vías disponibles y necesarias para respaldar sus argumentos. La poliangulación se opone a la investigación desde un solo ángulo, desde una arista, oponiéndose al dogmatismo y al escepticismo.<br/>
Los mundos reales, físicos, virtuales o ideales constituyen una valiosa experiencia con la que la intuición o la razón, como objeto o sujeto, los describen, explican o interpretan. La infalibilidad de la ciencia seguirá siendo una utopía y continuará moviéndose a tientas sin garantías del logro de la verdad permanente, absoluta o eterna.<br/>
Artículo completo en:<br/>
<a href="https://drive.google.com/file/d/0B0BmgBAvNu7tZzM2a0wycTk4MWVEWXFJcUlrV2ktbmVMQ0Q4/view?ts=569fdc84">https://drive.google.com/file/d/0B0BmgBAvNu7tZzM2a0wycTk4MWVEWXFJcUlrV2ktbmVMQ0Q4/view?ts=569fdc84</a></p>Apología a una comatag:reddolac.org,2015-06-07:2709308:BlogPost:4574032015-06-07T16:00:00.000ZHilde Adolfo Sánchez F.https://reddolac.org/profile/HildeAdolfoSanchezF
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<p class="Autor" style="text-align: right;"><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
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<p>El sistema Harvard, de autor-año o de autor-fecha para las citas, surgió como una necesidad de abreviar las explicaciones exigidas sobre la identificación de los autores que utilizamos en nuestros escritos y su referencia en un listado final, en sustitución de su inclusión en notas de pie de página. Las condiciones fundamentales son: (a) solo se refiere en el listado…</p>
<p class="Autor"></p>
<p style="text-align: right;" class="Autor"><strong>Por Hilde Adolfo Sánchez F.</strong></p>
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<p>El sistema Harvard, de autor-año o de autor-fecha para las citas, surgió como una necesidad de abreviar las explicaciones exigidas sobre la identificación de los autores que utilizamos en nuestros escritos y su referencia en un listado final, en sustitución de su inclusión en notas de pie de página. Las condiciones fundamentales son: (a) solo se refiere en el listado final lo que se haya citado en el texto, (b) todo autor citado debe incluirse en dicho listado y (c) las notas de pie de página persisten como recurso explicativo según necesidades del escritor. Esto se ha transfigurado de sugerencia a imposición cuasi-mortal de la producción intelectual hasta que exitosas rebeliones puedan surgir (diría Gramsci, 1978).</p>
<p>En el listado final (referencias) debe ordenarse alfabéticamente toda la información que permita ubicar cada obra citada. Recordemos que la utilización de este estilo es “obligante” solamente como exigencia de normas para la recepción, aprobación y publicación de artículos, ensayos, trabajos de investigación en revistas, jornadas, etc. y como requisito para presentar trabajos como requisito parcial para otorgamiento de grados académicos en la mayoría de las universidades. Ciertamente, este sistema tiene sus defensores, pero también sus detractores. Por ejemplo, Pavón (2012), paradójicamente psicólogo, habla sobre “… la tendencia, bien reglamentada por la American Psychological Association (APA), que nos hace identificar los textos que citamos por el año de la edición consultada y no por el año de su elaboración o primera edición”. (p. 185). Más adelante, afirma: “No pretendo que el año de publicación constituya un indicador publicitario que mostraría la complicidad entre la APA y una industria editorial tan sucia como la industria farmacéutica” (p. 186).</p>
<p>A mí me ha tocado reivindicar el Manual de la UPEL (Sánchez, 2014), el cual, por cierto, expresa en el inciso 68 que “La construcción de párrafos, la puntuación y el uso de las letras mayúsculas y minúsculas deben ajustarse a las normas gramaticales”. Más claro, imposible.</p>
<p>En esta ocasión, me he atrevido a compartir estas ideas por observar un específico error en el uso de la coma (,). Me parece que se parte de la creencia de que al utilizar el estilo autor-fecha obliga a colocar este signo de puntuación después del paréntesis; quizás, por mala interpretación de las normas establecidas como las de la APA, la cual supuestamente obliga a ello; sin embargo, nadie obliga al uso inapropiado del lenguaje, y en todo caso es responsabilidad del escritor, escribir correctamente. En el caso referido, se trata del típico error de colocar una coma entre el sujeto y su predicado.</p>
<p>Ejemplos de uso correcto e incorrecto de la coma:</p>
<ol>
<li>Basu y Jones (2007), llegaron al extremo de sugerir la necesidad de un nuevo “marco intelectual para considerar la naturaleza y forma de la regulación en el ciberespacio” párr. 4. (Es un error colocar la coma antes del verbo ‘llegaron` pues se separa incorrectamente el sujeto del predicado). Debería ser “Basu y Jones (2007) llegaron al extremo …”</li>
<li>Viadero (2007) informa que un análisis de más de doscientos estudios evidencia la correlación entre la enseñanza de destrezas sociales y el mejoramiento del desempeño escolar. (Sería incorrecto: “Viadero (2007), informa…”)</li>
<li>Un estudio realizado por la Universidad de Lima (2011), concluyó que… (Sobra la coma antes de ‘concluyó’. (INCORRECTO. Sobra la coma). El `estudio` (núcleo) concluyó. Lo demás modifica el núcleo del sujeto).</li>
<li>El INDECOPI, 2010, manifiesta que… (CORRECTO. Las comas sustituyen los paréntesis).</li>
<li>El libro College Bound Seniors (2008) señala que… (CORRECTO)</li>
<li>La ubicación normal de los circunstanciales es al final; al cambiar el orden debe indicarse con la coma. Ejemplo: A. En cuidado independiente (“Study Finds”, 2007), se afirma… B. En (Anónimo, 1998), se afirma …</li>
<li>Según Pérez A. (2001a, 2001b, 2001c), … (CORRECTO)</li>
<li>Según Strauss (2008), los libros infantiles que ganan la Medalla Newbery por su … (CORRECTO).</li>
<li>Niaz (citado en Saud de Núñez, 1989), realizó un estudio sobre... (INCORRECTO). Sobra la coma antes del verbo principal.</li>
<li>En 1985, Niaz (citado en Saud de Núñez, 1989), reportó un estudio sobre... (INCORRECTO). Sobra la coma antes del verbo principal.</li>
</ol>
<p>Obsérvese que en los ejemplos (1), (3), (9) y (10) se inserta incorrectamente la coma después del cierre de paréntesis. Separación indebida de sujeto y predicado. No tendría gravedad si fuera un simple lapsus cálami o descuido; terriblemente, con frecuencia se trata de una imposición de tutores, jurados y árbitros a los escritores o aprendices de científicos como decía Kuhn (1971) y que sería luego causa de ironía para Feyerabend (1981). Por cierto, los ejemplos fueron tomados de la página de la APA y de algunos manuales de prestigiosas universidades (y no por ello dejan de serlo).</p>
<p>Recordemos que la coma (,) es uno de los signos ortográficos más utilizados. Sirve para indicar la división de las frases o miembros más cortos de la oración o del período, o para separar distintas oraciones y frases que se refieran al mismo tema, pero que engloben diferentes ideas o conceptos. También se emplea en aritmética para separar los enteros de las fracciones decimales, en física, en música, etc. (DRAE). Como todos los signos de puntuación, tiene un efecto de partitura que refleja, de alguna manera, la dinámica en la entonación y hasta en la musicalidad del lenguaje oral y debe insertarse pegada a la palabra o signo que la precede y separada por un espacio de la palabra o signo que la sigue.</p>
<p>En principio, la estructura de sujeto y predicado no acepta la separación con comas del sujeto y el predicado, salvo muy claras excepciones. Los casos en lo que puede aparecer una coma entre el sujeto y predicado son muy específicos: aposiciones, proposiciones explicativas, eliminación del verbo (elipsis) o cuando se intercambian de posición el sujeto y el predicado.</p>
<p>En las aposiciones (“reunión de dos o más sustantivos sin conjunción”) explicativas, como por ejemplo, cuando decimos “Kuhn (1971), gran físico convertido en filósofo, dice:”, pueden funcionar como sujeto indistintamente “Kuhn (1971)” o “gran físico convertido en filósofo.” Es decir, tanto en el referente como en la aposición explicativa pueden estar el núcleo del sujeto, dependiendo del orden decidido. La oración podría ser: “El gran físico convertido en filósofo, Kuhn (1971), dice:”</p>
<p>En el siguiente ejemplo, tenemos una frustrada explicación:</p>
<p>“Como afirma Gutiérrez (2013) en previas investigaciones hechas por estudiantes de la Universidad Distrital se encentro una correlación entre el número de invertebrados de la zona y la cantidad de bacterias en el ecosistema”. (El original carece de las tildes).</p>
<p>La confusión se puede resolver con una coma. Hay dos posibilidades para dos explicaciones:</p>
<ol>
<li>Como afirma Gutiérrez (2013), en previas investigaciones hechas por estudiantes de la Universidad Distrital, se encentró una correlación entre el número de invertebrados de la zona y la cantidad de bacterias en el ecosistema.</li>
<li>Como afirma Gutiérrez (2013), se encentró una correlación entre el número de invertebrados de la zona y la cantidad de bacterias en el ecosistema en previas investigaciones hechas por estudiantes de la Universidad Distrital.</li>
</ol>
<p>Se supone, para el ejemplo ‘2’ que “en previas investigaciones hechas por estudiantes de la Universidad Distrital” es un circunstancial.</p>
<p>Otro ejemplo:</p>
<p>Según Kuhn (1971), “al menos en las ciencias maduras, las respuestas (o substitutos completos de ellas) a preguntas como ésas se encuentran enclavadas firmemente en la iniciación educativa que prepara y da licencia a los estudiantes para la práctica profesional.”</p>
<p>En este caso, las proposiciones adjetivas explicativas o cualquier comentario, explicación o precisión sobre algo no son indispensables para la construcción gramatical.</p>
<p>Podríamos re-escribir este ejemplo así:</p>
<p>Kuhn (1971), dentro de la distinción entre ciencia normal y ciencia madura, dice: ...</p>
<p>En las explicaciones, la coma funciona como paréntesis por ello debe colocarse tanto el signo de apertura como el de cierre y el texto queda intercalado.</p>
<p>Ahora bien, observemos un error bastante común y dos posibles soluciones:</p>
<ol>
<li>Según Kuhn (1971), dice: “al menos en las ciencias maduras, las respuestas (o substitutos completos de ellas) a preguntas como ésas se encuentran enclavadas firmemente en la iniciación educativa que prepara y da licencia a los estudiantes para la práctica profesional.” (INCORRECTO).</li>
<li>Para Kuhn (1971), “Al menos ...”</li>
<li>Kuhn (1971) dice: “...”</li>
</ol>
<p>En el ejemplo (1) hay una confusión gramatical entre el sujeto que escribe y el sujeto (autor) referido. Los ejemplos (2) y (3) son dos posibilidades para enmendar el error.</p>
<p>El caso de la inversión de componentes o eliminación del verbo (elipsis) podría ser así:</p>
<ol>
<li> “Al menos en las ciencias maduras, las respuestas (o substitutos completos de ellas) a preguntas como ésas se encuentran enclavadas firmemente en la iniciación educativa que prepara y da licencia a los estudiantes para la práctica profesional.”, dice Kuhn (1971).</li>
<li>“Al menos en las ciencias maduras, las respuestas (o substitutos completos de ellas) a preguntas como ésas se encuentran enclavadas firmemente en la iniciación educativa que prepara y da licencia a los estudiantes para la práctica profesional.”, arengado por Kuhn (1971).</li>
</ol>
<p>Recordemos que aunque con la elipsis declaramos “irónicamente” nuestra intención de no ser muy claros, dentro del apropiado uso del idioma, en este caso, inicialmente las ideas de Kuhn lucen como nuestras, pero al final podemos dejar surgir (abrupta y hasta apoteósicamente) el verdadero dueño de las ideas que estamos usando: Thomas S. Kuhn.</p>
<p>Podemos culpar a los manuales, a nuestros profesores o tutores por nuestros errores pero a fin de cuentas nuestra responsabilidad al escribir es intransferible e ineludible. Hay infinidad de fuentes que nos pueden ayudar a escribir bien, pero los docentes, los científicos “maduros” (emulando a Kuhn, 1971), los profesores debemos distinguir entre las normas para el buen escribir, nuestros caprichos o la pretendida justificación de nuestros errores. Nuestra afortunada condición humana nos hace caer, pero también levantarnos con humildad e hidalguía. No debe haber espacio ni tiempo para la vergüenza propia o ajena. Revisemos los manuales, propongamos o hagamos los ajustes pertinentes y pongamos todos nuestros esfuerzos para ponerle el hombro a las generaciones de científicos que vayan emergiendo y sigamos generando descripciones, explicaciones y hasta previsiones (teorías) para nuestra famélica (de conocimientos) sociedad.</p>
<h2>Referencias</h2>
<p class="Referencias">Asociación Estadounidense de Psicología (American Psychological Association, APA) <a href="http://normasapa.com/">http://normasapa.com/</a></p>
<p class="Referencias">Feyerabend, P. (1981). Tratado contra el Método: Esquema para una teoría anarquista del conocimiento. Ed. Tecnos, Madrid.</p>
<p class="Referencias">Gramsci, A. (1978) El concepto de Hegemonía en Gramsci. México. Ediciones de Cultura Popular.</p>
<p class="Referencias">Kuhn, T. (1962). La estructura de las revoluciones científicas. México: Fondo de Cultura Económica.</p>
<p class="Referencias">Real Academia Española (S/F). Diccionario de la lengua española. Disponible en <a href="http://buscon.rae.es/drae/">http://buscon.rae.es/drae/</a>.</p>
<p class="Referencias">Pavón, D. (2012). El año de publicación y la mala memoria de la psicología. Teoría y crítica de la psicología 2, 184–188. ISSN: 2116-3480. Antena detectora de naturalizaciones acríticas. Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (Morelia, México). (Consulta 15/4/2015). Disponible en: <a href="http://www.teocripsi.com/ojs/index.php/TCP/article/download/17/11">www.teocripsi.com/ojs/index.php/TCP/article/download/17/11</a></p>
<p class="Referencias">Sánchez, H. (2014) El manual de la UPEL: culpas e inocencias. Redacción y composición. En: <a href="https://redaccionycomposicion.wordpress.com/2014/11/12/el-manual-de-la-upel-culpas-e-inocencias/">https://redaccionycomposicion.wordpress.com/2014/11/12/el-manual-de-la-upel-culpas-e-inocencias/</a></p>