“DE LA HOMOFOBIA, AL CAMBIO NUCLEAR DEL CONCEPTO DE FAMILIA”.

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Escrito por CarlosOlivaresSantos el 16-06-2016 en LGBTI. Comentarios (0)

La dicotomía entre la academia y la práctica social a veces es compleja. El aula de clase se torna en un campo de batalla cuando se expresan ideas abiertas y nos desapegamos del contexto (tiempo, espacio y condiciones político sociales).

Me encanta ubicar los estudiantes en tiempos y espacios diversos al de su modelo vigente de pensamiento, para que se permitan establecer a través de sus propias conclusiones, que el conocimiento y la razón son dinámicos y se transforman permanentemente.

Discutiendo en clase sobre el matrimonio igualitario recientemente aprobado por la corte, escuchaba voces de aprobación y rechazo casi en igualdad de proporciones. Algunos con aceptación total y otros con sesgos cognitivos específicos.

Hablando de cambios en contexto les contaba como desde el código penal colombiano de 1936, ser homosexual era delito castigado con prisión.

Pues bien gracias a la revaluación del concepto entre 1972 y 1979, donde se establecio una discusión naturalistica al plantear si un homosexual nacía o se hacia!. Esta figura se despenalizo en Colombia, es decir dejo de ser gravada como conducta delictiva con pena de prisión.

La razón era evidente y aunque nunca se resolvió la discusión, quedo claro que no se podía sancionar lo que genéticamente viene escrito en el ADN o ARN, si ello fuera el caso…

Hoy este estigmatizado grupo social goza de especial protección gracias a la corte constitucional y se encuentran de luna de miel con el derecho, tal vez generando límites atribuidos a la compensación por tanto maltrato recibido durante siglos.

Todo un catálogo de derechos laborales, en seguridad social, reconocimientos civiles como el cambio de nombre, género, de identidad en sus documentos, derecho a la adopción en casos específicos, al matrimonio legalmente reconocido con sus efectos patrimoniales y sucesorales entre otros, hacen que en un corto período, hubiésemos cambiado de espectro social; de la condena penal a la absolución social con reconocimientos de inclusión y equidad.

La discusión de la clase se centraba sobre si una pareja del mismo sexo, que cohabitan, que poseen reconocimientos conjuntos, que establecían un patrimonio conjunto o sociedad patrimonial, generaban un ejercicio que se considerara igual al concepto básico de familia.

Pues bien la jurisprudencia le ha brindado todos los elementos inherentes a ese ejercicio y hoy no incluirlo en ese contexto seria un acto de exclusión claramente tutelable, lo que necesariamente implica que la familia como modelo dio un giro de 180 grados y hoy habríamos que darle la razón a la señorita Antioquia 2008, que en su celebre respuesta del reinado nacional de belleza expreso. “Hombre con Hombre y Mujer con Mujer se complementan y de la misma manera en sentido contrario”…

“De la homofobia Penal, al cambio nuclear del concepto de familia”.

Ello ha implicado un ejercicio mental grande de transformación paradigmática de la conducta humana. Pero No todos están muy contentos con el efecto del cambio o aceptación del proceso. A muchas personas les cuesta asumir un rol de validación de la tendencia social y se llenan de juicios y condenas para diferentes efectos o matices del proceso. Tal vez no han entendido que la evolución histórica de la conducta humana es inatajable y no depende de opiniones divergentes sino del balance y de la adaptación social.

Sustento este ejercicio con dos ejemplos prácticos ya asumidos cabalmente por la sociedad y que encarnan el mismo tipo de evolución sobre conceptos de inequidad social.

El primero hace referencia a la evolución del rol social de la mujer. Y el segundo sobre el ejercicio de discrimanacion racial que indomablemente golpeo a mas de una cuarta parte de la población mundial. Vemos!.

Para 1950 que garantías poseía una mujer en Colombia?.

Básicamente dependía absolutamente de la aprobación del padre o esposo. Se le negaba sistemáticamente el proceso de autonomía y desarrollo de su personalidad. Se limitaban sus libertades sociales y cualquier ejercicio natural inherente al ser humano supeditando su actuar a la aprobación de un tercero.

Si lo ejemplificamos en lo cotidiano como manejar, ir a la universidad, comprar un inmueble, ser parte de una empresa o fundar un proyecto productivo, era algo inviable si no se contaba con el aval o la tutoría de un hombre.

Que tal hoy una impetuosa dama pidiéndole permiso a su pareja para estudiar o trabajar o validar licencia para manejar, comprar o votar, Etc.!!!.

En la historia reciente (1950 y ss.) de nuestro estado, que una mujer participara en política era mal visto, y aspirar a la ejecución de cargos públicos o administrativos era sinónimo de insolencia o rebeldía!.

Pero hoy existe una ley que obliga al estado a generar cuotas de participación femenina dentro de los gabinetes de la administración pública y la carga burocrática.

Básicamente la mujer antes de los años 60 fue un objeto inherente al hombre y solo hasta la expedición de normas de equidad como el decreto 1260 de 1970, por el cual se establece el estatuto de registro del estado civil de las personas, la Ley 54 de 1990, a través de la cual se definieron las uniones maritales de hecho y la carta política de 1991 que determinó la igualdad y la equidad como derechos de protección fundamental, la mujer obtuvo en Colombia verdaderas herramientas jurídicas para su consolidación y desarrollo humano.

Este hecho y su rol social ha determinado que la mujer hoy sea, lo que representa para nuestra sociedad. Una Líder natural e instintiva del núcleo social supremamente productiva y con gran capacidad de liderazgo. Pero este concepto no se lo podemos hacer muy evidente a nuestras abuelas pues ellas se concibieron bajo un paradigma social distinto y seguramente las mas radicales dirán que eso no es sano, contrario a ello las mas abiertas inmediatamente harán remembranza al general Rojas Pinilla, quien en 1957 le otorgo la facultad a la mujer de ser incluida en el ejercicio social siendo el gestor del proceso de cambio.!.

Esta misma dinámica la han vivido las minorías étnicas y los descendientes africanos que para los siglos XV en adelante, llegaron a occidente en calidad de esclavos.

Pues bien las luchas raciales de las personas de color a nivel global han sido fuertes, pues recordemos que no eran inicialmente consideradas por la ley como personas, civilmente los definían como bienes o cosas, el cristianismo a través de la iglesia católica y protestante los condeno a través la maldición de Canaán Gen 9.18 –29 y no se les brindo hasta 1964 reconocimientos sociales, con la expedición de la Ley de derechos civiles en la unión americana y el congreso africano.

Martin Luther King, Nelson Mandela y otros lideres menos visibles, lograban a base de argumentos, luchas políticas y revoluciones sociales, eliminar las barreras que se habían trazado entre el concepto del blanco y el negro.

Ejemplo de ello se dio en el apartheid que inicio en 1948 en Suráfrica con la toma del poder del partido nacional, donde se prohibió el mestizaje de la población, sancionando en 1949 la ley de prohibición de matrimonios mixtos No.55/49, que prohibía expresamente el matrimonio con personas consideradas blancas, con personas consideradas No blancas.

Posterior a ello se complemento con la expedición en 1950, de la ley de Inmoralidad No 21, la cual regulo la vida sexual de los ciudadanos prohibiendo la “fornicación ilegal” y “cualquier acto inmoral indecente” entre una persona blanca y una persona africana, india o de color. Estas normas fueron conocidas como el pequeño apartheid.

Este ejercicio que se agravo con el la expedición del gran apartheid en 1955, involucro la separación física de las personas y habitantes según características étnicas en los lugares públicos.

Absurda vida que solo hasta 1963 y años posteriores, logro el reconocimiento de igualdad de muchas personas que eran vistas en condiciones de inferioridad por los colectivos sociales, tras la caída del apartheid en el mundo por la desobediencia implementada por el congreso africano.

Dicho esto nos preguntamos, si la Jurisprudencia en Colombia y en la legislación en el mundo ha avanzado agigantadamente en procesos de equidad e igualdad, por que se siguen presentando actos barbaros como el sucedido la semana pasada en Orlando.?. ¿Por qué se siguen presentando de manera permanente hechos y acciones de discrimación en sus núcleos sociales hacia las personas de diferente raza, color de piel, orientación sexual, convicción o religión?.

La respuesta seguramente esta compuesta por diversas condiciones históricas y sociales, pero hoy encontramos movimientos que luchan por defender y reclamar los derechos de estos colombianos que han sido ultrajados sucesivamente en el ejercicio social y en muchas ocasiones por el propio estado colombiano y las autoridades que ejecutan la administración pública.

La asamblea nacional constituyente de 1991,que fuera convocada por el pueblo a través del movimiento estudiantil denominado la Séptima Papeleta, rompió el esquema rígido que se configuro desde los siglos anteriores con la catolización del estado y estableció dinámicas de transformación para lograr una sociedad incluyente.

Hoy tenemos claro que la concepción nuclear de la familia ha cambiado y seguramente a corto y mediano plazo, tendremos la validación de resultados que hoy son objeto de cuestionamiento, así como en su momento se puso en duda la capacidad de la mujer de liderar procesos o de las personas de raza negra de ser verdaderos aportantes al proceso productivo con autonomía e inclusión social, advirtiendo que uno de los hombres mas poderosos de el mundo es el presidente Barack Obama líder de raza negra, quien ha logrado cambios estructurales en la cosmovisión del mundoº.!.

CARLOS OLIVARES SANTOS

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