"Nadie enseña a nadie, con humildad para aprender, tod@s aprendemos de tod@s"
“A través de la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, publicada el 2 de julio de 2013, se han introducido importantes modificaciones en el régimen laboral especial de las micro y pequeñas empresas.”
Este comentario lo extraje de la Revista Caballero Bustamante, la cual me impacto debido a un pequeño análisis que realiza el autor sobre la modificación MYPES, y es que a mi entender, el gobierno actual, viene realizando modificaciones en la actuales leyes, con la finalidad de fiscalizar con más fuerza a las empresas, cualquiera sea su nivel económico, y es que el gobierno supone, que estamos en un buen crecimiento y por ende las reglas de juego deben cambiar para aquellas empresas que durante algún tiempo gozaron de muhos beneficios.
La LEY MYPES fue aprobada en el gobierno del Presidente Toledo, mediante dicha Ley, se buscaba la protección, no sólo económica de las MYPES, sino también una protección tributaria, al establecer regímenes especiales con la finalidad de que las MYPES no se vean ahogadas por tanto impuesto, un claro ejemplo es la aplicación del RUS (Régimen Único Simplificado aplicado al IGV) y el REIR (Régimen Especial del Impuesto a la Renta), los cuales son aplicados con la finalidad de proteger a las MYPES.
Así mismo las MYPES, recibieron un nuevo beneficio tras modificarse el REGIMEN LABORAL, de esa manera, éstas aplican un recorte a los beneficios sociales de sus trabajadores, recortando la mayoría de beneficios al 50%, como las vacaciones y la indemnización por despido arbitrario, consintiendo la Ley que algunos beneficios no le sean aplicable a los trabajadores como la CTS, una vez entonces el gobierno a través de políticas protectoras respaldaba una vez más a las MYPES.
Como lo indica el primer párrafo en fecha 02 de julio 2013, se realiza una modificación a la LEY MYPES, la cual a través de la LEY 30056, CAMBIA La denominación de: “Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE”, aprobado mediante D.S. N° 007-2008-TR (30.09.2008) ha sido cambiado por la de “TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DE IMPULSO AL DESARROLLO PRODUCTIVO Y AL CRECIMIENTO EMPRESARIAL”.
De acuerdo este nuevo título claramente es observable que el gobierno tiene claros indicios que se debe impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, y por ello dejar de tener una política de sobre protección a las MYPES, muchas de las cuales se han enriquecido sobrepasando los límites de trabajadores, pero que sin embargo no los registran en planillas, es decir, juegan con la Ley, tratando de maquillar la realidad; la misma que es aceptada por los trabajadores que, mientras padecen un estado de necesidad, tienen que someterse a lo que los empleadores quieren, burlándose de la Ley y no ingresando al nivel que corresponde.
Es así que es clara la Modificación del D.S. N° 007-2008-TR, dentro de su Artículo 1°, Objeto de la Ley Se ha ampliado el objeto social de la norma; mientras que el Artículo 5°, características de las micro, pequeñas y medianas empresas, Se ha eliminado el número máximo de trabajadores como elemento para categorizar a las empresas, quedando solo el volumen de ventas como criterio de categorización; además, se ha creado un nuevo nivel de empresas:
• Microempresa: ventas anuales hasta el monto máximo de 150 UIT.
• Pequeña empresa: ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 UIT.
• Mediana empresa: ventas anuales superiores a 1700 UIT y hasta el monto máximo de 2300 UIT.
Con esta nueva clasificación se incorpora la Mediana Empresa, se elimina el número de trabajadores como factor taxonómico para las MYPES, y por ende se maneja los ingresos de las empresas como factor delimitante para su taxonomía. Es claro que la UIT, siempre será el ítem referente para determinar sus ingresos, así mismo debo manifestar que es interesante la óptica de la nueva clasificación incorporando a la MEDIANA EMPRESA, es decir que en nuestra coyuntura existen medianas empresas las cuales se están consolidando con el desarrollo y el crecimiento del país, mientras que por no dejar de ser optimistas, vemos con apremio y ansiedad el hecho de que muy pronto tendremos en escaparate a LA GRAN INDUSTRIA O GRAN EMPRESA, emergente en el desarrollo de nuestro país y para no dejar el optimismo y la visión de crecimiento el posicionamiento de alguna TRASNACIONAL PERUANA.
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