"Nadie enseña a nadie, con humildad para aprender, tod@s aprendemos de tod@s"
El presente articulo, aborda la conceptualización de las políticas publicas y las características que las componen, generando un proceso descriptivo adaptativo del concepto y las características que lo determinan para fluir en el proceso de ejecución.
Se abordaron conceptos de autores como marco de referencia desde el contexto Internacional y nacional con el objeto de identificar su definición acorde, y se establece como referencia especifica el programa cultura de la legalidad proyecto desarrollado por la USAID8, que para nuestro caso será el Municipio de Pereira.
El tema focal especifico de referencia se centra en la política publica de la cultura de la legalidad y la cultura ciudadana como ejercicio de intervención social del Municipio, componentes estructurales de este ejercicio establecidos en el acuerdo municipal No 23 de 2010, como el conjunto de estrategias, acciones, planes y programas, que la Administración Municipal en todos sus ordenes desarrollo en concertación con los actores externos al gobierno local, para garantizar igualdad de oportunidades, acceso y permanencia, en el goce efectivo de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de vida.
Lo anterior supone que las políticas públicas a todo nivel son salidas planteadas a problemas sociales a los cuales se les busca una solución. Comprenden una definición la cual contextualiza el problema, un alcance el cual indica a qué población se planea intervenir, una competencia la cual supone la parte administrativa que toma la responsabilidad de actuar, y por último unos principios los cuales implican unos requisitos éticos cuyo cumplimiento garantizan un verdadero valor social.
Otro escenario se plantea desde la línea jurisprudencial o evaluación que ejercitan las altas cortes del estado, donde se hace explicito el modelo de intervención juridica. “La Corte Constitucional ha insistido en que todo derecho fundamental exhibe dos facetas. La primera es una faceta de abstención y se refiere a la protección del contenido del derecho impidiendo que terceros lo transgredan. La segunda es una faceta de acción que ordena contar con mecanismos idóneos para garantizar su goce efectivo. Sentencia T-‐‑133/06 9. Referenciamos el estudio realizado por Cano L.F. quien establece el análisis sobre la narrativa de las políticas publicas en la línea jurisprudencial de Colombia. “ En este primer escenario de la narrativa jurisprudencial sobre políticas públicas, abundan las decisiones judiciales que protegen la faceta programática de los derechos de poblaciones vulnerables, discapacitados, niños y niñas, población desplazada, minorías étnicas, población LGBTI, vendedores ambulantes y recicladores, entre otros. Frente a estos grupos poblacionales, la Corte advierte dos tipos de obligaciones estatales derivadas de la cláusula de erradicación de las injusticias presentes: un deber positivo de implementar políticas encaminadas a lograr la igualdad real de la población y un deber negativo que le ordena abstenerse de adoptar políticas regresivas que impliquen un retroceso para los derechos de los afectados por una decisión pública.En este escenario la Corte entiende que el diseño de políticas publicas está dirigido al segundo propósito, es decir a la satisfacción de la faceta asistencial, prestacional o programática de los derechos. Se trata, por tanto, de una obligación estatal derivada del servicio publico
POLITICAS PUBLICAS
Las políticas públicas son instituciones creadas por estructuras de poder y se imponen como directrices para abordar las prioridades de la agenda pública. Es decir, son instituciones que limitan o facilitan el comportamiento individual y social con base en los escenarios de deliberación y decisión que construye el poder (de jure o de facto); se trata de actores que dan forma al cambio institucional por medio
10 Cano, L. F. (2014). La narrativa de las políticas públicas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana. Papel Político, 19(2). pp. 435-‐‑458. http://dx.doi. org/10.11144/Javeriana.PAPO19-‐‑2.nppj. 10
de procesos de toma de decisión pública. En términos normativos, las políticas publicas deben garantizar la traducción de las ideas individuales de todos los actores en acciones siempre que exista una discusión participativa e informada alrededor de las prioridades sociales.
En un Estado de Derecho, las políticas públicas deben ser la traducción de las leyes sobre una determinada materia (regulación, educación, desarrollo social, salud, seguridad pública, infraestructura, comunicaciones, energía, agricultura, etc.) Éstas deben buscar el logro de los objetivos planteados en el documento que las diseña y las apalanca como política pública.
Las principales áreas de análisis de las políticas públicas se pueden determinar como :
El desarrollo social
La economía
la infraestructura y expansión de las vías generales de comunicación
las telecomunicaciones
El desarrollo social
La salud
La seguridad pública.
La metodología para abordar el desarrollo de tan extensos procesos en el tiempo se expresan a través de los planes de desarrollo11 anual, plurianual, quinquenal, decenales entre otros. Estos ritmos de tiempo no necesariamente concuerdan con el ejercicio publico de las autoridades de gobierno nacional, departamental o municipal elegidos democráticamente, pues su implementación obedece a un ejercicio político de gobierno, usualmente requieren de una extensión de tiempo que
Un plan de desarrollo es un instrumento de gestión pública empleado para propulsar el desarrollo social de un determinado territorio, que puede ser el Estado en su conjunto o bien una subdivisión del mismo (una región rural, un barrio...). En este segundo caso se habla de plan de desarrollo local. Forma parte de la economía planificada. https://es.wikipedia.org/wiki/Plan_de_desarrollo.
garantice su aplicación y efectivizarían mas allá de los términos o periodos de los alcaldes, gobernadores y presidente de la republica.
Esta característica enunciada determina la efectivizacion y cumplimiento de los programas frente a la necesidad y el contexto social, alejando la voluntad política como único elemento de decisión. Otras características necesarias para hacer efectiva su ejecución emana de la implementación de presupuestos anuales de los estados y las administraciones autonómicas y municipales, la administración pública o sistema burocrático y su planificación. La cohesión social y la gobernabilidad para desarrollos integrales o totales.
Tomando como ejemplo el acuerdo numero 23 de 201012, expedido por el Honorable Concejo Municipal de Pereira, los Lineamientos de Política Pública de Cultura de la Legalidad: “son el conjunto de estrategias, acciones, planes y programas, que la Administración Municipal en todos sus ordenes desarrollará en concertación con los actores externos al gobierno local, para garantizar igualdad de oportunidades, acceso y permanencia, en el goce efectivo de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de vida”.
Lo anterior supone, que las políticas públicas a todo nivel son salidas planteadas a problemas sociales a los cuales se les busca una solución.
Comprenden una definición la cual contextualiza el problema, un alcance que indica a qué población se planea intervenir, una competencia la cual supone la parte administrativa que toma la responsabilidad de actuar, y por último unos principios que generan requisitos éticos cuyo cumplimiento garantizan un verdadero valor social.
INTERVENCION SOCIAL COMO RESULTADO DE LAS POLITICAS PUBLICAS.
Una intervención social es una acción programada y justificada desde un marco legal y teórico, que se realiza sobre un colectivo o algunos individuos, trabajando para ello los perfiles psico-‐‑evolutivos con un doble fin; avanzar en la construcción de un cambio social y eliminar situaciones que generen desigualdad.
“Carballeda” 13nos expresa que ;“la Intervención es un proceso complejo que la sociedad construye con sus creencias y costumbres y cambia al paso del tiempo y que se lleva acabo despaciosa y calladamente a través de descripciones, informes, observaciones y la relación que establece el interventor con el medio”.
De lo anteriormente descrito, podemos entender que la persona o institución que pretendan desarrollar programas de intervención social, tiene que tener un fuerte compromiso con los valores de la solidaridad entre personas, pueblos y razas, así como con otros valores supremos que debe asumir y saber hacer respetar como la igualdad de oportunidades y el respeto a los derechos de los más desfavorecidos.
El profesional o institución de este ámbito asume un compromiso muy especial en la consecución de una mayor calidad de vida de las personas y del bienestar de las comunidades y ha de integrarse en la concepción de una ética global que contemple el respeto estricto por los derechos humanos y libertades de los individuos y de los pueblos, así como el respeto a los demás seres vivos y el entorno medioambiental, promoviendo un desarrollo sostenible que garantice una mayor calidad de vida a las futuras generaciones.
13 La intervención en Lo Social, las Problemáticas Sociales Complejas y las Políticas Publicas. Manuel Carballeda En este articulo se intenta abordar la problemática de la Intervención en Lo Social desde diferentes aspectos. Por un lado la complejidad de los nuevos escenarios donde la Intervención se aplica. Por otra parte, los obstáculos que surgen a partir de las diferentes crisis de los mandatos institucionales a su vez se hace énfasis en la necesaria mirada transversal a los emergentes de la cuestión social que denominamos “Problemáticas Sociales Complejas”. Esta serie de temas, dialoga en forma intensa con las Políticas Publicas y marca de alguna forma nuevas direcciones a la relación Estado – Sociedad, interpelándose desde diferentes aspectos el sentido de la Intervención en Lo Social, como saber experto y sistematizado desde una perspectiva de construcción a posteriori.
“El comportamiento se define como el conjunto de respuestas motoras frente a estímulos tanto internos como externos.
En ciencias sociales el comportamiento incluye además de aspectos psicológicos, aspectos genéticos, culturales, sociológicos y económicos.
A una persona, incluso a un grupo social, como suma de personas, se les define y clasifica por sus comportamientos, quizás más que por sus ideas, y esto ya sirve para fijar las expectativas al respecto. Cuando se habla de legalidad se hace referencia a todo el sistema de leyes y normas que ha sido establecido de manera explícita pero también implícita en una sociedad para organizar la vida cotidiana y reglamentar diferentes situaciones.
De estos estándares emana la importancia del derecho administrativo como fuente formal y social del derecho, a través del cual se construyen, implementan y desarrollan los planes y programas de la administracion publica nacional, departamental y municipal.
LA CONDUCTA COLECTIVA COMO COBERTURA DE LAS POLITICAS PUBLICAS
El contexto social del derecho administrativo se hace viable bajo un principio de aceptación y acatamiento social que nace del estado de derecho (El Contrato Social). La sociedad conoce la mayoría de las normas y leyes. Las personas de una sociedad conocen las partes esenciales de la ley y el documento oficial que rige a estas. (Constitución Política).
La ciudadanía tiene la voluntad de respetar las leyes. La mayoría de las personas en una sociedad aceptan y comprenden las leyes marcadas por ellos mismo o por representantes de estos a través de la función legislativa del estado.
El comportamiento como concepto. Wikipedia. www.google. Tomado de la escuela filosófica contemporánea.
Existe una función tripartita del estado a través de tres ramas del poder; ejecutivo, legislativo y Judicial y otros órganos de control procuraduría, personería, contraloría. Lo que implica que la sociedad está controlada y estructurada legalmente.
Existe una sanción por violación a ley. Se implementa una punición o sanción a las personas o grupo de personas que cometan una violación a las normas. Sistema Penal y disciplinario.
La ley se determina a partir de la norma escrita bajo el principio de legalidad, favorabilidad y derecho de defensa, que garantiza la función judicial y el debido proceso en defensa de las personas acusadas de infringir la Ley 15.
Existe un sistema de apoyo a víctimas. Se podrá otorgar ayuda a las personas que hayan sido afectadas por una agresión penada por la ley (principio de reparación).
Se condena socialmente la delincuencia y corrupción. Como modelos negativos de comportamiento negativos.
Existe un sistema para modificar, suprimir y transformar la normatividad.
La sociedad debe tener un sistema idóneo y transparente para lograr transformar las normas de acuerdo a los contextos e ideologías que se van transformando
Todos estos elementos confluyen en la aplicación de las políticas publicas y generan o aseguran la eficacia de su intervención social, bajo el contexto del interés general que debe estar por encima claramente de los interés individuales o colegiados
Constitución Política de Colombia. Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.
CONLUSIONES
Las actuaciones desarrolladas por el operador administrativo en cumplimiento de los planes y programas, generan actos y acciones que se derivan en situaciones o hechos administrativos formales; resoluciones, contratos, convenios, delegaciones y otras operaciones propios de la función publica, configurándose de esta manera la reafirmación de la creación y ejecución de marcos normativos que generan nuevas acciones con contenido jurídico: Derecho administrativo.
En otros casos las políticas publicas implica la expedición de normas reglamentarias (leyes, decretos, acuerdos, etc.) que desarrollan el contenido y alcance de aplicación. Buscan garantizar generalmente procesos uniformes de accesibilidad a los derechos que orientan sobre grupos colectivos focales.
A nivel de políticas públicas, se exige cada vez menos expertos y más planificadores capaces de poner en marcha planes y programas que piensen un mejor estar de la población, como posibilidad de llegar a una vida plena desde la satisfacción de necesidades, aprovechando las capacidades y potencialidades de los individuos de la población.
Se constituye una legislación construida a partir del reconocimiento de las situaciones cotidianas, donde sean claros los mecanismos, estrategias y controles en la implementación, difusión y seguimiento en el territorio de aplicación de la política publica implementada. Este ejercicio normativo constituye nuevos paradigmas de concientización de la norma configurándose de esta forma un nuevo rigor legal frente a la conducta asumida por el coasociado.
REFERENCIAS
Cortina, Adela. Educar para una ciudadanía cosmopolita. http://www.aulaintercultural.org/article.php3?id_article=157.
Martínez Tapias, Alfonso. (2000). “La ética como ciencia del comportamiento”.
Ciudadana, Formación en Valores. Bogotá. Imprenta Fondo Rotatorio de la
Policía Nacional.
Alcaldía de Pereira. Secretaria de gobierno Municipal de Pereira.
www.alcaldiade Pereira.gov.co
Corte Constitucional Colombiana. www.corteconstitucional.gov.co,
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2006/T-‐‑133-‐‑06.htm.
CARLOS OLIVARES SANTOS
La ejecución es el proceso dinámico de convertir en realidad. https://csalazar.org/2008/05/05/la-‐‑ejecucin-‐‑en-‐‑la-‐‑administracin/.
Adolfo Eslava. Profesor Eafit. Autor del análisis revista Societas. http://blogs.portafolio.co/societas/que-‐‑son-‐‑las-‐‑politicas-‐‑publicas/
Eugenio Lahera P., Consultor de la División de Desarrollo Social de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).
Alejo Vargas Velásquez, Vicerrector General de la Universidad Nacional de Colombia y profesor asociado de la Facultad de Derecho. Documentos evaluación sobre políticas publicas.
El Concepto de Marco Legal. www.wikipedia.com
Ensayos Jurídicos Constitucionales y Administrativos. Libardo Orlando Riascos
Gómez. 2008. Fuentes del Derecho Administrativo.
Culture of Lawfulness Project .Agencia Estadounidense para el Desarrollo
Internacional (USAID), el Instituto Estadounidense de Paz (USIP), y otras.
Cano, L. F. (2014). La narrativa de las políticas públicas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana. Papel Político, 19(2). pp. 435-‐‑458.
http://dx.doi. org/10.11144/Javeriana.PAPO19-‐‑2.nppj.
Plan de desarrollo instrumento de gestión pública.
https://es.wikipedia.org/wiki/Plan_de_desarrollo.
Concejo de Pereira Colombia. www.concejodepereira.gov.co. Exposición de
motivos acuerdo No. 23 de 2010.
La intervención en lo social, las Problemáticas Sociales Complejas y las Políticas
Publicas. Manuel Carballeda
El comportamiento como concepto. Wikipedia. www.google. Tomado de la
escuela filosófica contemporánea.
Constitución Política de Colombia. Artículo 29. El debido proceso.
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