Evaluación de directores de UGEL en Perú, una cuestión seria o un engaña muchachos.

Mañana 1° de agosto se hacen cargo los nuevos directores de UGEL, muchos de ellos escogidos dentro del tercer lugar de la conformación de una terna y con el más bajo puntaje.
¿De que sirve haber logrado el primer lugar en puntuación, después de haber pasado rigurosas evaluaciones inclusive una entrevista hecha por quien al final tiene la palabra de decidir quien se queda? ¿Si todo el esfuerzo se lo trae abajo con una decisión política que no escoge precisamente al mejor; sino al allegado político o al recomendado?. Esta evaluación a mi parecer es un engaña muchachos que hizo que invirtamos dinero, que perdamos el tiempo, para que al final escojan al que quedó tercero, con el más bajo puntaje. Creo que así de esta manera no se cambia nada y muy por el contrario se sigue sembrando la desconfianza en el Magisterio Peruano.

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Tiene mucha razón mi estimado amigo todo esto es idea de unos cuantos dsecerebrados mentales que al cambiar la Ley 29062 por la 29944 La Ley Humala la tan voceada Ley de Reforma especifica que para ser director de DRE no se requiere ningún requisito, basta con ser gente del partido ni siquiera la Escala ya que es cargo de confianza, que sentido tiene evaluar a directores subdirectores, directores de UGels si los cabaeza de zapalllo están en las DRES estos no necesitan de ningún requisito y la ley encima establece que de los tres ganadores a los cargos de Director de UGELs será el que es de su entera confianza de los descerebrados que están en las regiones. ¡Esto es anecdotico solo se ve en Perú!

La Educacion en el Peru, desde hace decadas es muy ineficiente y de mala calidad, quizas hay interes de grupos poderosos de la economia nacional o internacional,en la cual no se podra salir en un pais en desarrollo, cuando hoy en dia la exigencia viene debido a la globalizacion y el uso de altas tecnologias, que otros paises si lo hacen,habra que monitorear y fiscalizar el resultado de la educacion nacional en el Peru.
saludos
Luis Huertas - Piura Peru

BUENO ESTÁN DENTRO DEL MARCO LEGAL LEY DE REFORMA MAGISTERIAL 29944 Y SU REGLAMENTO. LO QUESWE DEBE HACER SOLICITAR EL CAMBIO DEL ARTICULO, SU M, MODIFICATORIA A EFECTOS QUE SE CONSIDERE COMO UN CARGO DE CONCURSO PUBLICO Y NO DE CONCURSABLE DE CONFIANZA COMO SE HA CONCEBIDO, ES UNA FALLA DE LA LEY, QUE DESMERECE LOS CONCURSOS PÚBLICOS.

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